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¿Cómo heredar paso a paso?

 

1. Certificado de Defunción

Se solicita ante el Registro Civil o Juzgado de Paz del lugar donde se produjo el fallecimiento.

2. Certificado de últimas voluntades

– Recoge todos los testamentos de una persona.

– Se solicita en la gerencia Territorial del Ministerio de Justicia.

– Es necesario aportar el Certificado de Defunción.

– El único válido será el último. Tasa según CCAA.

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3. ¿Hay testamento?

Acudir a una Notaría para solicitar copia autorizada del testamento.

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X

  • No

Declaración legal de herederos.

Si los herederos son padres, hijo y/o cónyuge. 

Si los herederos son otros parientes familiares de hasta 4º grado de parentesco. Solicitar en Notaría o vía judicial.

4. Con la confirmación de los herederos se presentan 2 posibilidades:

  • Aceptar la herencia

Los herederos deberán presentar ante Hacienda el modelo correspondiente, en forma y plazo.

  • Renunciar a la herencia

Con la renuncia, se extingue su figura de obligado tributario.

5. Acceso a la herencia

Una vez liquidado el impuesto, se cumple la obligación fiscal y se puede acceder a los bienes del  (inmuebles, etc…).

  • Su cumplimentación es OBLIGATORIA.

  • Existen 6 meses de plazo con una prórroga de otros 6.

  • Su no tramitación será sancionada con una multa fija por cada sujeto pasivo.

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Contáctenos para solicitar información sin ningún compromiso

Gracias por su mensaje!

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